Te brinda protección ante muerte o incapacidad total. Esta protección, incluida con tu crédito Brilla, te respalda en el pago total de tu deuda en caso de que llegues a faltar o presentes incapacidad total y permanente.
Cuenta con el respaldo que necesitas para cubrir la deuda de tu crédito Brilla en caso de incapacidad total o muerte.
El valor mensual del Seguro de Vida Deudor dependerá del valor de tu crédito Brilla utilizado. Este valor lo verás reflejado en la cuota mensual de tu crédito en la factura del servicio de Surtigass
Cuenta con la tranquilidad de tener un seguro que responde por tu factura de gas de Surtigas y tu crédito Brilla en caso de incapacidad temporal o muerte accidental.Conoce más
* La tasa de financiación aplicada para la simulación de la cuota mensual es la máxima autorizada por la Superintendencia Financiera de Colombia al momento del cálculo. La tasa y el valor de la cuota mensual podrá variar al momento en que se haga uso del cupo Brilla, por lo cual el usuario tendrá la responsabilidad de verificar la tasa vigente al momento de la compra.
** Gases de Occidente únicamente facilita el medio de pago y facturación y no actúa en calidad de productor, proveedor y/o distribuidor de los productos que los clientes adquieren, quien actúa con estas calidades es Seguros Alfa S.A. Seguros de ALFA S.A. es el único responsable frente a la prestación del servicio Salva Factura, su efectividad y todas las incidencias que surjan a partir de la contratación de este, por lo cual será Seguros Alfa S.A. el encargado de dar solución a cualquier petición, queja, reclamo sobre el seguro en su calidad de presentadora de servicio. Cobertura: Valle del Cauca y Norte del Cauca.
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Cobertura
Muerte natural o accidental e incapacidad total y permanente*
Cubre el 100% de la deuda del crédito Brilla
Amparo básico de Vida: - Edad de ingreso: 18 a 75 años. - Edad de permanencia: Hasta terminar la vigencia del crédito.
Amparo de incapacidad total y permanente - Edad de ingreso: 18 a 65 años. - Edad de permanencia: 70 años.
La incapacidad total y permanente es ocasionada por lesiones orgánicas o alteraciones que generan una pérdida de capacidad laboral y la cual es valorada por una junta médica calificada para tal fin.
Brilla y Surtigas realiza el recaudo de la cuota mensual a través de la factura del servicio de gas domiciliario. Los contratos de seguros son celebrados con Seguros Alfa S.A. compañía de seguros autorizada y vigilada por la Superintendencia Financiera de Colombia
Beneficios adicionales
Teleconsulta médica telefonica / virtual (1 por vigencia)
Teleconsulta psicológica telefonica/virtual.
Descuento del 10% en www.lopido.com, traslado médico en ambulancia por accidente*
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