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Preguntas frecuentes
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¿Qué es Brilla?
Brilla es una marca que ofrece soluciones que ayudan a las personas a conseguir sus metas y mejorar su calidad de vida. Brilla es una marca propiedad de Promigas S.A. E.S.P
¿Si soy titular del servicio de gas y aún no aparezco como titular de la factura, ¿Qué debo hacer?
Si lleva más de 12 meses como propietario del inmueble debe acercarse a nuestras oficinas y aportar la siguiente documentación:
Certificado de tradición no mayor a 60 días calendario de vigencia.
Copia de cédula del nuevo propietario
Diligenciar el formato para actualización de datos.
Debe encontrarse al día con facturas (Facturas en Cero)
*Aplican términos y condiciones. Consultalas aquí
¿Quiénes son los prestadores de los servicios de la línea de Seguros y Asistencias?
Brilla cuenta con alianzas con las principales aseguradoras y prestadores de servicios especializados, que comercializan seguros y asistencias para brindar a los usuarios la facilidad de pagarlos sin intereses en la factura del servicio público y sin necesidad de contar con un crédito Brilla aprobado. Entre los aliados tenemos Alfa, Liberty, Sura, GNP y Proexequial
¿Cómo puedo acceder a los Seguros y asistencia que ofrecen?
Nuestra prioridad eres tú, si estás interesado en alguno de nuestros seguros puedes estar a un click de recibir toda la información. Puedes hacerlo a través de la página web de Brilla o llamando directamente a la Linea de atención de usuarios. Conoce nuestros canales de atención aquí
¿Es Brilla una aseguradora?
No. Brilla es una marca que ofrece soluciones que ayudan a las personas a conseguir sus metas y mejorar su calidad de vida. Son las aseguradoras y aliados comerciales quienes comercializan el portafolio de protección Brilla.
¿Cuál es la diferencia entre un Seguro Funerario y un Seguro de vida?
Si bien los dos seguros se activan tras el fallecimiento, cubren diferentes aspectos, mientras el Seguro Funerario solventa el 100% de los servicios funerarios hasta su destino final, por su parte el Seguro de vida se encarga de brindar una indemnización económica con el objetivo de proteger a los familiares.
¿Cómo es el trámite para reembolsos de gastos exequiales?
Sí no hiciste uso del servicio exequial a través de la aseguradora y cuentas con las facturas del gasto exequial originales, pueden solicitar el reembolso o indemnización. A continuación, relacionamos los documentos a tener en cuenta:
• Registro de Defunción.
• Fotocopia del documento de identificación del fallecido y reclamante.
• Historia clínica si la muerte fue natural.
• Declaración extrajuicio que ratifique que el fallecido habitada el predio (lugar, tiempo).
• Documento que pruebe la calidad de propietario, arrendatario o poseedor.
• Acta de levantamiento del cadáver o necropsia si la muerte fue accidental o violenta.
• Facturas correspondientes al gasto exequial que realizaron.
• Ultima factura de gas debidamente pagada.
• Cualquier otro documento que la aseguradora requiera.
¿Cuándo se pierde el derecho a solicitar reembolsos de gastos exequiales?
Además de lo establecido en el Artículo 1150 del Código de Comercio, se perderá el derecho a la indemnización en caso de que la reclamación o los documentos presentados para sustentarla fuesen en alguna forma fraudulentos o, si en apoyo de ella se utilizaren medios o documentos engañosos o dolosos. Recuerda que, no aplica el reembolso si utilizaste otro plan funerario de una entidad diferente, solo se reembolsara si el gasto fue realizado por una persona natural.