Muerte por cualquier causa (*): natural o accidental
Incluye enfermedades preexistentes o diagnosticadas durante la vigencia del seguro
Edad de ingreso: 18 años a 65 años con 364 días
Edad de permanencia: ilimitada
*Aplican condiciones.
(*)Exclusiones:
A. Suicidio o la tentativa de éste en el primer año de vigencia del seguro. B. Lesiones o muerte causadas con ocasión o en el ejercicio de actividades ilícitas en que incurra el asegurado. C. La participación del asegurado en actos de terrorismo, actos de guerra civil o internacional, motín, huelga, movimientos subversivos en general, conmociones civiles de cualquier clase. Brilla y Gases de Occidente realizan el recaudo de la prima a través de la factura del servicio de gas domiciliario. Los contratos de seguros son celebrados con Seguros Alfa S.A. compañía de seguros autorizada y vigilada por la Superintendencia Financiera de Colombia
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